Les compartimos el catálogo actualizado del SAT que será utilizado para el timbrado de los recibos de nómina complemento 1.2 a partir del 01 de Enero de 2017.


Recibo de nómina 1.2

El 11 de diciembre de 2019, fue publicada una revisión al complemento de nómina versión 1.2 que impacta a las validaciones que llevan a cabo los Proveedores de Certificación de CFDI, la cual entró en vigor el 1 de enero del 2020 de forma opcional, siendo ya de forma obligatoria a partir del 1 de febrero 2020.  En esta última fecha quedó sin efectos el “Apéndice 5 Procedimiento para el registro de Subsidio para el empleo causado, cuando no se entregó en efectivo” de la “Guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento” el cual será eliminado en la siguiente actualización a dicha guía.

Como patrón, te impacta:

  • En todos los casos donde se paguen conceptos de sueldos y salarios (Régimen de contratación “02” Sueldos, incluye asimilados a salarios señalados en la fracción I del artículo 94 de LISR), se validará que el recibo de nómina contenga el apartado de subsidio para el empleo, aun y cuando el subsidio para el empleo sea “0”.
  • No se permitirá incluir el subsidio para el empleo en recibos de nómina cuyos conceptos sean diferentes a sueldos y salarios y asimilados a salarios señalados en la fracción I del artículo 94 de LISR (Régimen de contratación “02”). Se recomienda consultar y utilizar el Apéndice 6 contenido en la Guía de llenado del recibo de nómina para registrar los conceptos de percepciones, otros pagos y deducciones por cada tipo de régimen de contratación.
  • Se validará que el monto de subsidio para el empleo reportado en el recibo de nómina no sea mayor a los montos establecidos en las disposiciones fiscales. Recuerda que se debe registrar el subsidio causado conforme a la tabla del Decreto del subsidio para el empleo y las tablas publicadas en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

Esta revisión no modifica la estructura técnica del complemento, por lo que se mantiene como la versión 1.2.

Consulta cómo expedir facturas por concepto de nómina y la forma de registrar los datos dentro del complemento respectivo. Consulta la guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina.

A partir del 14 de octubre del 2019, se actualizó la guía de llenado. Los presentes cambios que entrarón en vigor el 1 de enero de 2020. No modifica el estándar técnico; únicamente se limita a brindar orientación fiscal sobre el llenado del CFDI:

Los principales cambios son:

  • Se elimina la referencia a la regla 2.7.1.26.
  • Se eliminó la referencia que indicaba que en un solo complemento se podían agregar conceptos de nómina ordinaria y extraordinaria.
  • Se actualizó fundamento legal debido a la reforma de la Ley Federal del Trabajo.
  • Se adicionó un párrafo al campo Tipo Régimen, para aclarar que se deben emitir dos CFDI cuando se pague una nómina ordinaria y a su vez el pago de separación del trabajador, o bien se puede emitir un CFDI con dos complementos de nómina para que en uno se especifique el sueldo ordinario y en el otro el pago de la separación del trabajador.
  • Se precisa en el campo Año del Nodo CompensacionSaldosAFavor que para determinar al año en curso se deberá considerar el atributo “FechaPago”.
  • Se actualizó Apéndice 1 Notas Generales para especificar que conceptos deben clasificarse con la clave “051” y se eliminó el fundamento legal referente a las exenciones establecidas en el artículo 93 de la LISR.
  • Se actualizó la referencia para ingresar a la liga de los catálogos del comprobante del Apéndice 2 Catálogos del comprobante.
  • Se eliminó la pregunta 19 del Apéndice 3 Preguntas y respuestas sobre el Complemento de nómina versión 1.2.
  • Se modificó la representación del CFDI del Apéndice 5 Procedimiento para el registro de Subsidio para el empleo causado, cuando no se entregó en efectivo.
  • Se modificó la descripción de la clave 047 en el Apéndice 6 Matriz de percepciones y deducciones para el pre llenado de la declaración anual de nómina.
  • Se adicionan dos apéndices 7 y 8 que describen el Procedimiento para el registro del ajuste del Subsidio para el empleo causado cuando se realizan pagos por períodos menores a un mes y el Procedimiento para el registro de la diferencia del ISR a cargo (retención) derivado del cálculo del impuesto anual por sueldos y salarios en el CFDI de nómina. 

Patrón: A partir del 1 de abril de 2017, la única versión válida para emitir recibos de nómina a tus trabajadores, es la 1.2. del complemento de nómina. La emisión de estos recibos es una obligación de los contribuyentes que efectúen pagos a sus trabajadores por sueldos, salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado o a contribuyentes asimilados a salarios.

 

Documento
Descripción
Publicación en esta página
Consulta
Guía de llenado
Aplicable para la versión 3.3 de la factura y el complemento de nómina versión 1.2
14/10/2019
Histórico de la guía de llenado 
Versiones anteriores de la guía de llenado.
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Calendario de actualizaciones 
Revisiones a la guía de llenado.
07/07/2020
Catálogo del complemento

Consulta las claves y descripciones de los catálogos requeridos para llenar tu factura.

Nota: La fecha de inicio y fin de vigencia para las claves incluidas en las actualizaciones de los catálogos, se indican en las columnas correspondientes en cada catálogo, por lo que para aquellas claves cuya vigencia expiró, no se podrán utilizar a partir de la fecha indicada en la columna fecha fin de vigencia.

25/05/2020
Preguntas frecuentes
Respuesta a las que se realizan con mayor frecuencia (vigente).
24/03/2017
Histórico de preguntas frecuentes
Versiones anteriores del documento de preguntas frecuentes.
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Casos de uso
Material de apoyo para la generación de facturas.
07/08/2017
Material de apoyo 
Presentaciones, videos, etc.
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Esta información fue obtenida de la página del SAT la cual podemos obtener acceso en el siguiente link:


http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/complemento_nomina.htm