Cuando damos de alta a un nuevo colaborador en la empresa, es normalmente que con la misma fecha de ingreso empiecen a correr sus prestaciones como son las vacaciones y el aguinaldo, pero existen ocasiones cuando el colaborador que estamos ingresando viene de una empresa del mismo grupo y deseamos respetarle su antigüedad y prestaciones con las que actualmente cuenta.


Es importante aclarar que aunque le vamos a respetar su antigüedad la fecha de ingreso sigue siendo la misma con la que va a iniciar a laborar con nosotros por lo que debemos cuidar en todo momento que esta se respete durante el proceso es por ello que en nuestro sistema hemos incorporado una fecha adicional a la de ingreso la cual denominamos Fecha Antigüedad que por default el sistema nos pone la misma que la de la fecha de ingreso con la diferencia que nos da la oportunidad de modificarla. Por lo que es en ese campo en donde podemos cambiar la fecha con la que deseamos que se calcule la antigüedad del colaborador.


Por lo tanto en el proceso de alta de un colaborador debemos de tener en cuenta estos dos campos:


Fecha Ingreso: Fecha con la que se da de alta el empleado y a partir de esta fecha se le va a calcular nómina y pagos de seguridad social antes el I,M,S,S,


Fecha Antigüedad: Fecha que se tomara como referencia para el calculo de la antigüedad para el pago de prestaciones.


Es importante aclarar que cuando nosotros modificamos la fecha de antigüedad el sistema usara esta ultima para calcular el número de años que va a considerar para el pago de prestaciones y el calculo del factor de integración que se usa para calcular el Salario Base de Cotización para el IMSS.


Otro punto importante a considerar es que aunque yo le respete su fecha de antigüedad el aniversario del colaborador en la empresa es tomando como base la fecha de ingreso, lo único que sucede es que cuando el colaborador cumple su primer año en la empresa en lugar de pagarle sus prestaciones de vacaciones y aguinaldo con las prestaciones del primer año se le pagan con las prestaciones del año que se le esta respetando la antigüedad.


Ejemplo:


Tenemos un empleado con la siguiente información:


Fecha ingreso: 22/03/2018

Fecha antigüedad: 20/05/2013


Si nosotros tomamos este ejemplo podemos ver que este empleado ingreso a nuestra empresa el día 22 de Marzo de 2018 por lo que su aniversario con nosotros es el día 22 de Marzo de 2019 fecha en la que el colaborador tendrá derecho a su primer periodo de vacaciones, solo que en lugar de tomar los 6 días que le corresponderían del primer año de la tabla de prestaciones que tenemos como ejemplo se debe de calcular cual es su antigüedad del día 22 de Mayo de 2013 al día del cálculo que en este ejemplo estamos poniendo como referencia la fecha 22 de Marzo de 2019.


Antigüedad = (22 de Marzo de 2019 - 20 de Mayo de 2013) + 1 = 2133 días entre 365 = 5.84 años


Por lo que la antigüedad que debemos de utilizar para el pago de sus prestaciones es de 5 Años con lo que si observamos la tabla de prestaciones podemos ver que a partir del 5 año al colaborador le corresponderían 14 días de vacaciones aunque sea su primer aniversario en nuestra empresa.


Tabla de prestaciones:


AntigüedadVacacionesPrima VacacionalAguinaldo
1625%15
2825%
15
31025%
15
41225%
15
51425%
15
61425%
15
71425%
15



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